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Manifestación sin justicia no hay paz: La audiencia Provincial archiva el caso del joven con discapacidad de etnia gitana que murió a las puertas del estadio de futbol el molinón en Gijón tras ser retenido por agentes de seguridad y policías.

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Manifestación sin justicia no hay paz: La audiencia Provincial archiva el caso del joven con discapacidad de etnia gitana que murió en Gijón tras ser retenido por agentes de seguridad y policías, a las puertas del estadio de futbol el molinón en Gijón el 8 de septiembre del 2019 por el personal de seguridad del estadio.

La familia había presentado ya un escrito de acusación en el que comparaba su muerte con la de George Floyd y pedía penas de hasta 15 años de cárcel y una indemnización de un millón de euros al ayuntamiento de Gijón y a la empresa Prosegur

"Saltó un torno con tal mala suerte que al parecer cayó sobre una chica", cuenta el tío de Eleazar. El joven, con discapacidad, se desorientó en el estadio y, cuando quiso volver, seguridad se lo impidió. Al final, la Policía le detuvo por desacato a la autoridad y terminó falleciendo de un infarto.

Los agentes de seguridad -a los que luego se sumaron los policías- lo inmovilizaron y golpearon, como así afirmaron varios testigos oculares ante la jueza Belén García. También así lo afirma el escrito de la acusación: “Lo posicionaron boca abajo, con las manos en la espalda, y le golpearon reiteradamente, causándole innumerables contusiones y eritemas, erosiones en ambas muñecas, erosiones profundas en ambas rodillas, contusiones en ambos pómulos, erosiones en cara interna de pirámide nasal, en ambos brazos y pierna, en región lateral del cuello y en cara superior del tórax a la altura de la clavícula”. Así se recoge en el documento donde, además, se añaden varias circunstancias modificativas: los agravantes de abuso de superioridad y de motivos racistas además de la evidente discapacidad de la víctima.

Que era violento, que estaba borracho, drogado o, incluso, que podía ser un terrorista, fue lo que afirmaron los vigilantes de la empresa Prosegur para justificar su actuación. Sin embargo, la magistrada que ha instruido el caso ha ido desmontando estas teorías en cada uno de los autos que ha ido emitiendo, y que ahora se han visto rebatidos por la Audiencia Provincial

Los jueces de la Audiencia Provincial rechazan los argumentos de los agentes sobre que podía ser un terrorista o un ultra. Pero entienden que no hubo detención ilegal porque Eleazar empujó a uno de los miembros de seguridad del Estadio, y ese era motivo suficiente para detenerle.

La policía local trasladó a Eleazar, muy alterado, al centro de salud del Parque-Somió. Allí, después de volver a inmovilizarlo, sufrió un ataque epiléptico y fallo cardíaco que le causó su muerte minutos más tarde. La autopista practicada por los forenses indica que fue una muerte natural.

Eleazar tenia el cuerpo de un hombre grande de 34 años y el cerebro de un niño. tenía discapacidad psíquica del 75 por ciento con parálisis cerebral, y medía 1,80 metros de estatura. Ha pasado un año y los jueces de la Audiencia Provincial de Oviedo aseguran que los informes forenses calificaron la muerte de "natural". Eso sí, señalan que al "shock cardiogénico" se añadió "el efecto estresante de la inmovilización y reducción" por parte de los agentes. Aseguran que las lesiones físicas que presentaba el cuerpo son compatibles con una actuación policial proporcionada. Para justificarlo, aluden a su corpulencia y a su agresividad, agravada, dicen, por los medicamentos que tomaba.

El auto insiste que hay que tener el cuenta los antecedentes médicos de Eleazar: que padecía epilepsia, obesidad y que consumía fármacos para el tratamiento de la ansiedad. Concluyen que de "no haber existido esas patologías previas" las maniobras de detención, reducción e inmovilización no habrían causado la muerte de Eleazar, sostienen los jueces.

Añaden, además, que los vigilantes de seguridad no tenían que haber detectado la discapacidad del 75% que padecía, y que el comportamiento de Eleazar podía ser compatible con haber consumido drogas o alcohol. "No es apreciable brutalidad en la actitud de los guardias de seguridad", sostiene el auto, y añaden que hay que tener en cuenta que esos agentes sabían que había cámaras de seguridad grabándoles y testigos observando su actuación.

La familia de Eleazar pedía penas que llegan hasta los 15 años de prisión. Por delito de homicidio imprudente, cuatro años de cárcel; por lesiones, tres años; dos años por delito a la integridad moral y finalmente seis años de prisión y ocho de inhabilitación por detención ilegal. En suma, los guardias jurados y los policías municipales de Gijón se podrían haber enfrentado a condenas de 9 y 15 años respectivamente además de una indemnización a los padres de Eleazar

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